8 DE MARZO DÍA DE LA MUJER

Después del éxito sin precedentes de la movilización del 8M de 2018, el movimiento feminista ha trabajado para llegar al 8M de 2019 con una huelga general tanto a nivel de consumo, como de cuidados, estudiantil y laboral. Factores que se han tomado en cuenta y que motivan estas movilizaciones es la situación de las mujeres en el entorno laboral y la precariedad en una gran cantidad de empleos, además de la brecha salarial existente en la mayoría de sectores productivos, con especial incidencia en el de las telecomunicaciones, telemarketing, etc.

El Comité Intercentros de Telefónica llama a trabajadoras y trabajadores a secundar la convocatoria de paros laborales que se realicen en este día apoyando las distintas convocatorias.

Por todo ello STC se adhiere a la convocatoria de huelga de 24 horas, de un día de duración que se iniciará el día 8 de marzo a las 00:00 horas y finalizará a las 24:00 horas de ese día y que afectará a TODAS LAS TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES DEL ESTADO ESPAÑOL, TANTO FUNCIONARIOS COMO LABORALES, DE TODOS LOS SECTORES PRODUCTIVOS y todos los centros de trabajo, los cuales pararán su actividad a lo largo del día.

            Son objetivos de la huelga:

1º – La mejora de las condiciones laborales de las mujeres y el fin de la desigualdad laboral mediante la consecución de la supresión de la brecha salarial y el techo de cristal, así como la igualdad en las pensiones.

2º – La promoción de la conciliación de la vida familiar y personal, mediante la inclusión de los convenios colectivos de medidas de conciliación que mejoren los derechos mínimos establecidos en la normativa laboral, aplicando con flexibilidad los horarios establecidos en la normativa laboral, aplicando con flexibilidad los horarios marcados, favoreciendo la formación y promoción profesional de las personas que hayan hecho uso de sus derechos a la conciliación.

3º – La desaparición de la discriminación en el acceso al empleo y la disminución de la tasa de paro de mujeres.

4º – La lucha efectiva contra las situaciones de acoso sexual en el ámbito laboral, la precariedad laboral y la alta tasa de contratos con jornadas parciales y de corta duración.

5º – Exigir la elaboración y aplicación de los planes de igualdad. Según lo establecido en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se establece que las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.

 

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